Resolución Rectoral # 001
RESOLUCIÓN RECTORAL N° 001
(05 DE OCTUBRE DE 2016)
Por la cual se aprueba el cronograma de admisiones y matrículas para el año lectivo 2017, en la Institución Educativa Los Nogales.
El rector de la Institución Educativa Los Nogales en uso de sus facultades Legales conferidas por la ley 115 de 1994.
CONSIDERANDO:
- Que la Circular N° 0819 DE 2016 por medio de la cual se establece el proceso de gestión de cobertura educativa en el Municipio de Montería para la vigencia 2017, establece el periodo de matrículas entre el 15 de noviembre de 2016 y el 30 de enero de 2017.
- Que las Instituciones Educativas deben organizar sus procesos internos para la gestión de la matricula atendida.
- Que se hace necesario establecer un cronograma de admisiones y matrícula 2017 de nuestro plantel educativo.
- Que dicho cronograma deber ser aprobado por el Consejo Directivo de la Institución Educativa, y ampliamente difundido y socializado ante la comunidad educativa.
- Que el Consejo Directivo se reunió el día cuatro (4) de octubre de 2016, y aprobó el cronograma de admisiones y matriculas para el año lectivo 2017.
RESUELVE:
Artículo Primero: Oficializar para el año 2017 el cronograma de admisiones y matriculas de alumnos antiguos:
Responsables
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FECHAS |
GRADO |
21-22-23 de Noviembre de 2016 |
TRANSICIÓN |
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24-25-28 de Noviembre de 2016. |
PRIMERO |
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29-30 de Noviembre y 01 de Diciembre de 2016. |
SEGUNDO |
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5-6-7 de Diciembre de 2016 |
TERCERO |
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9-13-14 de Diciembre de 2016 |
CUARTO |
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15-16-20 de Diciembre de 2016 |
QUINTO |
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21-22-23 de Diciembre de 2016 |
SEXTO |
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04-05-06 de Enero de 2017 |
SÉPTIMO |
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10-11-12 de Enero de 2017 |
OCTAVO |
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13-16-17 de Enero de 2017 |
NOVENO |
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18-19-20 de Enero de 2017 |
DÉCIMO |
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23-24-25 de Enero de 2017 |
UNDÉCIMO |
Artículo segundo: Los estudiantes antiguos que están pendientes por 1 o más asignaturas deben legalizar la matrícula para el año lectivo 2017 los días 26,27 y 30 de enero del 2017.
Artículo tercero: Los estudiantes antiguos que no acudan a legalizar la matricula 2017 en las fechas establecidas por el plantel educativo perderán el derecho al cupo y este será ofertado a un estudiante nuevo.
Artículo cuarto: Es obligatoria la presencia del estudiante en el proceso de matrícula.
Artículo quinto: Si el acudiente del estudiante no puede asistir a la renovación de matrícula en la fecha establecida deberá informar al plantel educativo el motivo de la inasistencia por escrito, para poder garantizar el cupo al alumno.
Publíquese y cúmplase
Dado en Montería, siendo las 10:00 a.m. del 04 de octubre de 2016.
JUAN ESTEBAN LÓPEZ GÓMEZ - Rector.